Pese a advertencias de organizaciones, entró en vigor la Ley de Ciberseguridad en Puebla, popularmente conocida como “Ley Censura”, que castiga con penas de hasta 3 años de prisión a quienes emitan insultos u ofensas en redes sociales.
De acuerdo con información difundida por Reforma, el Gobierno de Puebla oficializó un nuevo delito en su Código Penal: el ciberasedio o ciberacoso. Esto se oficializó al ser publicado en el Periódico Oficial del Estado el viernes (13), lo que ha desatado una amplia controversia.
“Comete el delito de ciberacoso quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”, refiere el artículo 480.
La ambigüedad en la definición de “insulto” y la severidad de las penas son los puntos más criticados de esta modificación legislativa que se suma a otros cambios al Código Penal para tipificar delitos como usurpación de identidad, espionaje digital, fraude electrónico, hacking y grooming, apunta Reforma.
La preocupación expuesta por organizaciones como Artículo 19 y Sociedad Civil México, radica en que estas nuevas disposiciones podrían ser utilizadas para reprimir la libertad de expresión y la crítica hacia el Gobierno.
El artículo 480 del Código Penal de Puebla establece que la persona responsable de cometer ciberasedio será sancionada con una pena de 11 meses a 3 años de prisión y una multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
De acuerdo con Reforma, la ley contempla un aumento en la sanción cuando la víctima sea menor de edad, presumiendo el daño a la dignidad dada su etapa de desarrollo.
Información: Reforma.