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BLOQUEO DE CUENTAS SUBE RIESGO A INVERSIONISTAS: COPARMEX.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de avalar el bloqueo de cuentas bancarias sin una orden judicial previa, eleva los riesgos para los inversionistas por lo que dejarían de apostar por México, advirtió la Coparmex.

"En un contexto de incertidumbre, decisiones que debilitan contrapesos o la protección de activos elevan el riesgo y reducen la disposición para invertir en el País. Este escenario resulta especialmente sensible en el marco del T-MECy la competencia global por capital. Cuando una autoridad puede restringir activos sin control judicial previo, se afecta la percepción de riesgo y la disposición de inversionistas nacionales e internacionales para apostar por México", señaló la Confederación.

La decisión de la Suprema Corte establece un precedente delicado para el Estado de derecho, al permitir afectaciones directas al patrimonio de personas y empresas sin reglas plenamente definidas, consideró.

Cabe destacar que la resolución deriva de la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 y valida la reforma al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Por una mayoría de seis votos contra tres, se determinó que el bloqueo de cuentas procede cuando la Unidad de Inteligencia Financiera cuente con "indicios suficientes" de posible vinculación con operaciones ilícitas o financiamiento al terrorismo.

Según el sector patronal, este esquema va contra el principio de presunción de inocencia, reconocido en el artículo 20, apartado B, fracción I, de la Constitución, al permitir el bloqueo de cuentas con base en indicios sin una resolución judicial previa.

"Esta medida puede generar efectos similares a una sanción antes de acreditar responsabilidad, colocando a personas y empresas en una posición de desventaja para su defensa. La inversión depende de la certeza en el entorno institucional. Cuando una autoridad puede restringir recursos sin control judicial previo, se afecta la confianza de inversionistas nacionales e internacionales", determinó.

Añadió que el impacto de esta resolución recae de manera desproporcionada sobre las micro, pequeñas y medianas empresas, que representan más del 99 por ciento del tejido empresarial y cuya operación depende de la liquidez diaria.

"A diferencia de las grandes corporaciones, carecen de estructuras jurídicas y reservas financieras para enfrentar procesos prolongados ante la UIF o tribunales. Un bloqueo de cuentas, incluso cautelar, puede impedir el pago de nómina, proveedores o créditos", subrayó Coparmex.

Exhortó a los legisladores a que cubra los vacíos que deja la norma vigente y por ello propuso definir con claridad los supuestos que justifican un bloqueo, mediante criterios objetivos y verificables; también establecer un control judicial previo que valide la legalidad de la medida en un plazo máximo de seis horas; de no existir autorización en ese término, el bloqueo no podrá surtir efectos o deberá levantarse de inmediato.

Asimismo, pidió fijar un plazo razonable, no mayor a 15 días, para que la autoridad sustente la medida con elementos suficientes dentro de la investigación correspondiente.

Y garantizar la notificación inmediata al titular, con fundamentos claros que permitan ejercer su defensa.

Además de crear un régimen de responsabilidad cuando existan afectaciones derivadas de actuaciones infundadas. E incorporar criterios de transparencia mediante la publicación periódica de información sobre el uso de estas facultades.

Información: Reforma.

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